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Personas naturales y jurídicas pueden abrir cuenta en moneda extranjera según nuevo Convenio Cambiario

Personas naturales y jurídicas pueden abrir cuenta en moneda extranjera según nuevo Convenio Cambiario

El Banco Central de Venezuela (BCV), ordenó la publicación del Convenio Cambiario N° 20, de acuerdo a lo señalado en la Gaceta Oficial N° 39.968 del 19 de julio.

Según señala este nuevo Convenio Cambiario, las personas jurídicas no domiciliadas en el territorio que participen en la ejecución de proyectos de inversión pública estratégicos para el desarrollo de la economía nacional y de estímulo a la oferta productiva, podrán mantener fondos en moneda extranjera en cuentas en bancos universales.

Así mismo las personas naturales mayores de edad residenciadas en el territorio nacional y las personas jurídicas domiciliadas en el país, podrán mantener en cuentas a la vista o a término en bancos universales regidos por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial de la Ley de Instituciones del Sector Bancario, fondos en moneda extranjera provenientes, entre otros de carácter lícito, de la liquidación de títulos denominados en moneda extranjera emitidos por la República Bolivariana de Venezuela y sus entes descentralizados, o por cualquier otro ente, adquiridos a través del Sistema de Colocación Primaria de Títulos en Moneda Extranjera (SICOTME) o del Sistema de Transacciones con Títulos en Moneda Extranjera (SITME), administrados por el Banco Central de Venezuela, a efecto de lo cual, las mencionadas instituciones bancarias quedan autorizadas a recibir dictes depósitos.

Igualmente indica el Convenio N° 20, los depósitos en moneda extranjera podrán movilizarse mediante retiros totales o parciales en moneda de curso legal en el país, al tipo de cambio vigente; o mediante transferencias o cheques del banco depositario girado contra sus corresponsales en el exterior, así como mediante instrucciones de débito para pagos de gastos de consumo y retiros efectuados con tarjetas en el exterior.

Escrito por el 20 julio 2012. Archivado en Economía,Nacionales,Portada. You can follow any responses to this entry through the RSS 2.0. You can skip to the end and leave a response. Pinging is currently not allowed.

Una respuesta para Personas naturales y jurídicas pueden abrir cuenta en moneda extranjera según nuevo Convenio Cambiario

  1. alfredo Responder

    22 julio 2012 a las 9:48 AM

    es una forma para dejar el dinero en el pais, y no andar abriendo en el exterior poeq antes practicamente te obligan a viajar para poder acceder a los ditme

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